lunes, 27 de octubre de 2014

Muertos por incendio en los pueblos


En el estudio “Víctimas de incendio en España 2011” elaborado por la APTB y la FUNDACIÓN MAPFRE se analizó una nueva variable que no había sido considerada en los estudios anteriores. Me refiero al tamaño de las ciudades en que ocurren las muertes por incendio y explosión.
 
Para eso se realizó una clasificación de las poblaciones españolas en función del número de habitantes. Se establecieron los siguientes siete rangos: menos de 1.000 habitantes, de 1.000 a 5.000 hab., de 5.000 a 20.000 hab., de 20.000 a 50.000 hab., de 50.000 a 100.000, hab., de 100.000 a 500.000 hab. y más de 500.000 habitantes. Una vez realizado esto y asignado el número de víctimas mortales por incendio a cada tramo de población se obtuvieron los resultados que se recogen en el gráfico siguiente, observándose que estos datos absolutos no aportaban ninguna información relevante.

 


Por tanto, se consideró que para obtener un indicador adecuado y útil habría que calcular el índice de muertos por millón de habitantes para cada rango poblacional. Esto se presentaba un poco más laborioso y para ello que hubo que conseguir los datos del número de habitantes que tenía cada uno de los tramos y correlacionarlo con el número de muertos. Los resultados, que se muestran en el siguiente gráfico del “Índice de muertos por millón de habitantes según el tamaño de la población”, fueron reveladores.


Resulta curioso observar en el gráfico, cómo el índice de muertos por millón de habitantes aumenta de forma progresiva según disminuye el tamaño de la población. Aunque quizás algunos pudieran haber intuido este fenómeno, nunca antes habíamos tenido esta certeza de forma estadística.
 
A la vista de los resultados expuesto podemos afirmar con rotundidad que desde el punto de vista de la seguridad contra incendios vivir en una pequeña población, menor de 1.000 habitantes, es mucho más peligroso que vivir en una gran ciudad: exactamente se tienen cinco veces mayor riesgo de morir en un incendio en un pueblo que una gran capital. Como se aprecia claramente ya en las ciudades de menos de 20.000 habitantes aumenta este riesgo, pero en las de menos de 5.000 habitantes el riesgo se duplica y en las poblaciones de menos de 1.000 habitantes se dispara.

Este hallazgo ha de tener una gran repercusión en los servicios de bomberos, especialmente en los más sensibles a la sociedad que protegen, y que cuentan con departamentos de prevención de incendios o desarrollan campañas de prevención para la población. También para las agrupaciones de voluntarios de protección civil muy arraigadas en el ámbito rural que suplen con su actividad altruista lo que no hacen muchos bomberos profesionales: prevención. Todos aquellos que, entre sus tareas, desarrollen campañas de información a los ciudadanos habrán de tener esto presente. La divulgación en materia de prevención de incendios se debe dirigir en primera instancia hacia los sectores de población más vulnerables, pues ahí es donde obtendremos la mayor eficiencia de nuestras acciones preventivas. Y aquí hemos identificado un gran sector de población que tienen mayor riesgo: los habitantes de las poblaciones de menos de 1.000 habitantes. Así que cuando se planifiquen las campañas de divulgación tengamos esto en cuenta: empecemos por los pueblos.

Con campañas de prevención en los pueblos y ciudades más pequeñas para educar a sus habitantes en cuestiones relacionadas con los riesgos de incendio, no solo conseguiremos que haya menos incendios sino reducir sus efectos.

Un ejemplo de lo que estoy diciendo es la campaña de prevención lanzada por el Consorcio de Bomberosde Valdeorras en Ourense sobre la limpieza de chimeneas con la distribución de 3.000 trípticos, o el anuncio de la Diputación de Castellón en la presentación de la Semana de la Prevención de Incendios que los mayores de 70 años que vivan solos en los pueblos de Castellón pueden solicitar que los bomberos les instalen un detector de incendios. Este es el cambio de paradigma para transformar un modelo de bomberos pasivos en un modelo de bomberos preventivos al servicio de la comunidad.

Publicado el 27 de noviembre de 2014

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viernes, 24 de octubre de 2014

Metas del servicio de bomberos

 A propósito de la designación, hace un par de meses, de Ralph Terrazas, el primer hispano como Jefe del Servicio de bomberos de la ciudad de Los Ángeles de California, en Estados Unidos de América, me parece interesante hacer un comentario sobre algunos hechos que rodearon dicho nombramiento.

El Servicio de bomberos deLos Ángeles (LAFD -Los Ángeles Fire Department-) es el tercer servicio de bomberos municipal después de Nueva York y Chicago, tiene una plantilla de 3.200 personas, 102 parques y 1.100 intervenciones diarias (el 83% son asistencias sanitarias) para atender una población unos 4 millones de habitantes, incluyendo el puerto y el aeropuerto.
Últimamente es frecuente que el nombramiento de jefes de los cuerpos de bomberos las ciudades en esa nación recaiga en hispanos; esto empieza a ser algo habitual en la medida que los afroamericanos y latinos se han venido incorporando desde hace décadas a las plantillas de los servicios de bomberos. Pero, no es esto lo que quiero destacar en este artículo, sino la actitud del jefe Terrazas ante el nombramiento por parte de su comunidad para  hacerse cargo de sus nuevas responsabilidades.
Como si de un programa electoral se tratase, a modo de compromiso con los miembros del Consejo municipal que le habían nombrado por unanimidad, expuso su declaración de intenciones. Tras afirmar “No los voy a decepcionar, sino que voy a hacer que se sientan orgullosos de mi trabajo”, se comprometió a contratar más mujeres y jóvenes y a modificar las prácticas de reclutamiento que han llevado a que ahora solo tengan un 3% de mujeres bomberas. Así mismo, se pronunció en contra de la externalización del servicio de ambulancias alegando que eso supondría una importante pérdida de ingresos para el departamento y expuso las Metas que han de conseguir en el servicio de bomberos de la ciudad ordenadas de esta manera:

Meta 1.- Desarrollar una organización para administrar y gestionar los recursos del Departamento con eficacia.
Meta 2.- Desarrollar un sistema para reducir al mínimo el impacto de los desastres y otras emergencias sobre las vidas y las propiedades.
Meta 3.- Proporcionar un eficaz sistema de servicio médico de emergencia.
Meta 4.- Proporcionar un sistema eficaz de Prevención de incendios y de Seguridad pública.
¡Qué envidia! Esto, que parece que tiene cierta lógica, es España es ciencia ficción. Sin entrar a analizar el contenido de estas metas quiero llamar la atención sobre el hecho de poder exponerlas públicamente. Imaginemos por un instante que esto ocurriese en una ciudad española, y que en la rueda de prensa en que el Alcalde presenta al nuevo jefe de bomberos, este tomase la palabra para prometer que va a cambiar los requisitos de acceso al cuerpo, que va a meter más mujeres y que expusiese a los medios cómo va a gestionar y organizar el servicio de bomberos. ¿Qué ocurriría? Pues me temo que habría provocado su cese fulminante por haber invadido funciones y competencias políticas y sindicales que en España le están vetadas.
Este fenómeno, en el cual los directores técnicos se ven permanentemente relegados, se debe a que las funciones más elementales de gestión han sido expropiadas por los políticos a los funcionarios técnicos cualificados en lo que podemos denominar “intromisión política en las funciones técnicas de dirección”. Sin duda, esto también forma parte de la “partitocracia” que se caracteriza por la invasión de los partidos políticos de todas las esferas de poder, acaparando toda la soberanía en todos los ámbitos.
Ojalá este fenómeno sea reversible y podamos volver nuestras miradas hacia modelos más eficientes que imitar.

Publicado el 24 de octubre de 2014

lunes, 20 de octubre de 2014

Academia Aragonesa de Bomberos

El Gobierno de Aragón acaba de crear la Academia Aragonesa de Bomberos mediante la publicación de un Decreto que regula su creación, organización y funcionamiento. Se trata del desarrollo de la Disposición adicional tercera de la Ley de Regulación de Bomberos de Aragón publicada el año pasado.
Al margen de cómo se realice la ejecución y puesta en marcha de dicha Academia de bomberos, en una primera lectura observo que tiene unos cuantos aspectos positivos. Los enumero:
-         La intención es buena, se trata de ordenar un asunto imposible de abordar a nivel municipal ni provincial, que casi ninguna comunidad autónoma ha resuelto y para el que hace falta una voluntad decidida para armonizar criterios a nivel de comunidad autónoma.
-         Se trata de un texto sencillo y bastante claro y aparentemente flexible.
-         Contempla la formación de
o    los profesionales de los SPEIS
o    los bomberos voluntarios
o    los bomberos de empresa (Aunque en la Ley se refería a ellos como personal de empresa en este decreto reconoce la nomenclatura de “bombero de empresa”)
o    los voluntarios de protección civil
-         Atribuye a la Academia competencia para habilitar a los bomberos voluntarios y a los bomberos de empresa.
-         Homologación de otros títulos y diplomas
-         Regula un Consejo Rector, bastante representativo y participativo (18 miembros con voto más el director de la Escuela que actúa como secretario sin voto).
-         El Director de la Escuela ha de ser un funcionario de una administración que tenga servicio de bomberos. Esto limita algo el que el puesto de Director, nombrado por el procedimiento de libre designación, recaiga en un amigo o miembro del partido que gobierna, sin apenas cualificación para el puesto.
-         Entre los aspectos formativos aborda:
o    La  formación básica y especialización
o    Las actividades de actualización y perfeccionamiento
o    Los cursos de promoción y ascenso
-         Regula de forma escueta el personal docente y sus funciones así como los derechos y deberes de los alumnos.
-         Encomienda las actividades de la Academia a las escuelas de bomberos de la Ayuntamiento de Zaragoza y de la Diputación de Zaragoza, en tanto no se cree la academia aragonesa, lo cual está bien siempre que esta medida no se dilate eternamente.

Y ahora veamos los aspectos negativos que le veo al decreto.
·         Improvisación: En la Ley 1/13 de 7 de marzo de 2013 de Regulación y coordinación de Bomberos de Aragón, se establecía que en el plazo de 18 meses debería crearse la Academia de Bomberos de Aragón por lo que entendemos que esta urgencia es la que ha llevado a aprobar este decreto sin tener nada más que la buena intención de crear la Academia: sin infraestructuras, sin centros físicos, sin instalaciones, sin aulas, sin dirección, sin personal docente, sin nada de todo aquello que es necesario para tener una Escuela.
·         Integrada en la Escuela de Seguridad Pública: es decir en la escuela de Policía. Las experiencias habidas hasta el momento nos indican que integrar la escuela de bomberos en la escuela de policía no es una gran idea. Puede parecer bueno sobre el papel, pero me temo que hasta el momento ha dado más problemas que soluciones. Lo cierto es que los bomberos siempre tienen la sensación de estar desatendidos cuando se les encuadra dentro de una escuela de policías. Y ya sabemos que resulta difícil obtener un buen aprovechamiento cuando se va a una escuela en la que no se quiere estar.
·         Representación del Consejo Rector: Parece excesivo que de 18 miembros con voto, haya 8 miembros del Gobierno y que otros 2 representantes, el de los sindicatos y el de los voluntarios de protección civil, han de ser nombrados por el Consejero competente, lo que puede condicionar la libertad de su representación. En esta circunstancia el Gobierno siempre mantiene el control de la mayoría en el Consejo Rector. Seguro que al Gobierno actual que lo ha regulado así, esto le parecerá estupendo, pero cuando esté en la oposición, esta falta de pluralidad, no le parecerá tan buena idea…
·         Director cualificado. El texto debería ser más claro, y debería exigir que el director de la Academia debería ser un profesional con experiencia en dirección y gestión de servicios de bomberos.
Bueno, ahora tendrán que hacer todo lo que han escrito en el BOE. ¡Suerte!

Publicado el 20 de octubre de 2014.

miércoles, 15 de octubre de 2014

Cambios en Protección Civil del Estado


 
Se acaba de producir una pequeña reorganización de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias –DGPCE- del Ministerio del Interior que puede resultar significativa.
 
En el BOE de este martes 14 de octubre se ha publicado el Real Decreto 873/2014, de 10 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. En este decreto encontramos que el artículo 11 se refiere a la DGPCE. Vamos a analizar su contenido y a realizar algunos comentarios sobre los cambios que se publican.
 
A pesar de que los tiempos de crisis son el adecuado escenario para innovar y renovar, no hay nada de esto en las funciones asignadas a la DGPCE más allá del orden de su enunciado; son exactamente las mismas. Se ve que están totalmente satisfechos con lo que hacen, y también con lo que no hacen.
 
El mayor cambio apreciable, según mi punto de vista, es el cambio de nombre de la Subdirección General de Planificación, Operaciones y Emergencias que pasa a llamarse Subdirección General de Prevención y Planificación. Como se ve le añaden la “Prevención” y le suprimen las “Operaciones” y las “Emergencias” y le quitan las funciones de “la organización y mantenimiento del Centro de Coordinación Operativa, de la Red de Alerta a la Radioactividad, de las redes propias de comunicación para emergencias y de otras infraestructuras destinadas a facilitar la gestión operativa en emergencias” así como “la preparación y difusión de alertas a las organizaciones de protección civil y, en su caso, a los ciudadanos”. Es decir, que ya no hay una subdirección general de la que dependerán las operaciones y las emergencias, sino que, al parecer las cuestiones operativas de protección civil dependerán directamente del director general militar, quién solicitarña la intervención de la UME a estos efectos. Es verdad que al margen de la Operación Paso del Estrecho –OPE- (de la que hablaré otro día) la DGPCE nunca ha realizado ninguna acción operativa en emergencias hasta que ha existido la UME, por lo cual este cambio podemos entenderlo como una aproximación a la realidad. También podemos interpretarlo como que esta subdirección general estará más centrada en los aspectos preventivos. El organismo de la DGPCE llamado Centro Europeo de Investigación Social de Situaciones de Emergencias –CEISE-, del que desconocemos su actividad y el resultado de sus trabajos, pasa a depender de esta subdirección general.
 
La Subdirección General de Gestión de Recursos y Subvenciones se queda como estaba, sin ninguna modificación de sus atribuciones.
 
A la Unidad de Formación y Relaciones Institucionales (Unidad que no tiene rango administrativo asignado en este decreto) se le retiran las funciones de “el desarrollo de estudios y programas de información a la población, así como la promoción de la autoprotección ciudadana y corporativa, y de fomento de la participación social en las actividades de protección civil y emergencias, así como de programas de educación para la prevención en centros escolares” y “el desarrollo de investigación y estudios sobre aspectos sociológicos, jurídicos, económicos y otros relevantes para las actividades de protección civil y emergencias”, que pasan a ser responsabilidades de la Subdirección General de Prevención y Planificación, como parece lógico.
 
 
Hasta aquí los cambios producidos.
 
Considero que en las modificaciones de este decreto se han perdido al menos dos oportunidades:
- La primera, recoger alguna competencia de la DGPCE sobre el voluntariado de protección civil. Ni se menciona entre sus funciones la palabra “voluntarios” a pesar de que el voluntariado de protección civil constituye una fuerza operativa de más de 50.000 personas.
 
- La segunda, la de prescindir de las innecesarias unidades de protección civil de las delegaciones y subdelegaciones de gobierno que curiosamente tienen una dependencia orgánica de la Unidad de Formación y Relaciones Institucionales de la DGPCE.
 
Para acabar, interpreto que, con estas tibias variaciones, todo lo relativo a las operaciones y emergencias en el ámbito de las competencias operativas del Estado serán realizadas y ejecutadas por la UME. Es cierto que una de las grandes carencias de esta Dirección general desde su creación como órgano civil desde principios de los años 80 es la carencia de profesionales expertos en emergencias  y a eso se ha debido principalmente la ausencia clamorosa de la DGPCE en las emergencias nacionales (por ejemplo en el Prestige). Así, en vez de dotarse de profesionales del sector deciden quitase de en medio las responsabilidades operativas que después de todo siempre son muy engorrosas. ¡Qué lo haga el ejército!
 
Me consta que esta deriva es considerada por muchos profesionales del ámbito civil como una militarización de la emergencia.

Publicado el 15 de octubre de 2014

 

jueves, 9 de octubre de 2014

La lejanía de la administración por internet



Desde comienzos de siglo, la implantación de internet en la sociedad ha obligado a todas las administraciones a tener su propia página web, pero, ¿supone esto, mayor cercanía para el ciudadano?
Tener una web o un portal de internet ha sido un hecho generalizado que, por lo general, por parte de la administración, se ha vendido como una aproximación a los ciudadanos, pero que en muchos casos ha respondido a una imperiosa necesidad estética de estar en la red, pero no siempre a un intento de acercar la administración y la información a los administrados, ni a ser más transparente para los ciudadanos. Resulta indiscutible que internet resulta una herramienta imprescindible para reducir distancias y para ofrecer información abundante y directa con la mínima molestia para el ciudadano y para el funcionario. Como muchas decisiones en la administración se adoptaron para representar algo que luego en realidad no resulta ser de la forma anunciada y una web que aparenta acercamiento puede resultar una pantalla, y nunca mejor dicho, tras la que ocultarse.

En el Parlamento y el Senado, y en algunos ministerios, a modo de señuelo de modelo participativo, te ponen en la web el organigrama con los cargos, los nombres de quienes los ocupan y su e-mail o un formulario para escribirle directamente. En algún caso en que me he animado a escribir, sugiriendo, comentando o preguntando algo a alguno de estos cargos y nunca he obtenido respuesta. Me gustaría pensar que he tenido mala suerte y que a los demás ciudadanos sí les atienden pero puedo suponer que el trato que he recibido ha sido el mismo que se aplica a todas las personas.

Muchos ciudadanos se ven en la situación de intentar contactar con algún departamento administrativo y se encuentran con que en la página web pública, en la misma en que se alardea de que están a nuestro servicio y para darnos una mejor información, no aparece un número de teléfono al que llamar. Hay muchos ejemplos que cualquiera puede encontrar navegando por internet. Uno de ellos, que me parece significativo, es el de la DGT -Dirección General de Tráfico-, una web muy completa con muchísima información e incluso con estupendas facilidades para poder pagar las multas telemáticamente, con las mínimas molestias para ellos; pero sin ningún dato de contacto de su sede central en Madrid. Es como si quisieran decirnos: aquí tenéis todo lo que creemos que debéis saber sobre nosotros, pero, no nos molestéis. Otro maravilloso ejemplo de administración distante es la que practica el Instituto Nacional de Estadística. No atienden en persona, ni por teléfono. Si eres capaz de encontrar la dirección y teléfono de la delegación del INE en una comunidad autónoma y consigues un interlocutor para hablar por teléfono y sugieres acercarte a realizar una consulta, incluso te pueden llegara a decir que no vayas en persona pues no te atenderán. Eso sí, te indicarán muy atentamente que tus dudas, preguntas, etc., serán debidamente atendidas por correo electrónico, pero jamás en persona. ¿Es esto una atención de calidad?

En gran número de ocasiones nos encontramos con un formulario en el que has de rellenar tus datos, y tu petición, requerimiento, sugerencia o lo que sea, pero ni sabes a quién le estás enviando a información, ni la identidad del funcionario que está al otro lado. Es una práctica demasiado extendida que debería ser desterrada, yo diría que incluso prohibida. Debería ser obligatorio que en la página de de inicio o de entrada del portal web de cualquier unidad administrativa estuviese bien clara la dirección postal y los datos de acceso –sin restricciones- teléfonos, fax, e-mail, etc.
Es indudable que los jóvenes dominan las nuevas tecnologías de la administración, pero no es menos cierto que no todos los ciudadanos tienen un ordenador o un escáner en su casa o un teléfono inteligente. Y yo me pregunto, ¿Dónde está la cercanía al ciudadano cuando no aparece un número de teléfono donde nos orientes para poder resolver una duda? ¿Saben nuestros administradores cuántos millones de españoles no tienen otra forma de acceso a la administración que la ventanilla o el teléfono?
Podemos aceptar que las empresas privadas (pues no nos queda más remedio), un banco o una compañía telefónica, nos impongan un código y una clave de acceso si queremos acceder a sus servicios y a nuestra información personal, pero no es de recibo que una administración pública nos cercene el sistema tradicional de comunicación entre humanos a través de la voz, hablando con otra persona -no con una máquina- para interactuar sobre nuestros servicios, derechos y obligaciones; eso no es calidad. ¿Es esto participación ciudadana?

Publicado el 9 de octubre de 2014

jueves, 2 de octubre de 2014

Condenado por ignorante

 

A las nueve de la mañana del 15 de septiembre de 2010 se produjo un incendio en la fábrica de Patatas Lahera en Alesón, cerca de Nájera, en La Rioja. Todos los trabajadores salieron del edificio, pero en ese momento una joven de 25 años se encontraba en los baños de la segunda planta del edificio y no tuvo tiempo de ponerse a salvo como sus compañeros y falleció víctima del incendio. Trágico desenlace.
 
Ahora, cuatro años después, en el juicio en el que se ha sentado en el banquillo el dueño de la fábrica, el juez ha dictado la condena: dos años de prisión por delitos contra los trabajadores y homicidio imprudente, aunque con el atenuante de reparación de los daños no irá a la cárcel. La acusación al condenado se ha basado en no tener plan de autoprotección, ni un jefe de emergencias, ni equipos necesarios de primera intervención, evacuación y alarma, ni haber realizado simulacros, ni haber formado a los trabajadores. En fin, lo normal.
 
Lo peor de este incendio fue la fatal muerte de la trabajadora y su irreparable pérdida para sus familiares, aunque ha habido otras repercusiones también graves: los trabajadores fueron afectados por un ERE; la fábrica tuvo que paralizar su producción (ha sido levantada tres años después); y la compañía aseguradora ha debido indemnizar por los daños. Y el dueño, imputado, acusado y condenado. Todo esto podía haber sido evitado.
 
Hagamos una pequeña reflexión sobre algunas de las circunstancias que pudieron intervenir en el incendio y en su desenlace.
 
La actividad a la que se dedicaba la planta debería haber sido calificada como de riesgo de incendio alto, por las temperaturas que se manejan, como por las grandes cantidades de aceite que se utilizan en el proceso de freiduría de las patatas fritas y por las cantidades que se han de almacenar, tanto de aceite, como de plástico para el envasado de los productos acabados. Una fábrica así resulta un estupendo ejemplo para el triángulo del fuego. Tener esto en cuenta se llama “Prevención de incendios”.
 
El origen del incendio se sitúa en un fallo en el aislamiento de los conductos de la freidora. Aunque se trata sin duda de una especulación, probablemente, esto no hubiese ocurrido si en el diseño de la instalación hubiese participado un ingeniero de protección contra incendios, lo que me voy a permitir identificar como la causa remota del incendio. Contar con un ingeniero especializado en incendios en una actividad de riesgo de incendio alto se llama “Prevención de Incendios”.
 
Una visita auditora sobre las medidas de protección contra incendios por parte de la compañía aseguradora podría haber evitado el incendio. A esto se llama “Prevención de Incendios”.
 
Una inspección cualificada del servicio de bomberos para comprobar las medidas de protección contra incendios podría haber asesorado al propietario para que este suceso no hubiese ocurrido. Esta actividad de los servicios de bomberos se llama “Prevención de Incendios”.
 
La visita de la Inspección de Trabajo “competente”podría haber detectado los riesgos de incendio. A esto se llama “Prevención de Incendios”.
 
La elaboración del plan de autoprotección, la formación de los trabajadores y la realización de simulacros, quizás no hubiese evitado el incendio, pero podría haber evitado la muerte de la trabajadora. A esto, también se le llama “Prevención de Incendios”.
 
Pero todo esto no está presente en la sociedad, no está presente en la mente del dueño de la empresa ni en el encargado de la fábrica. Su preocupación, como la de la mayoría de empresarios industriales del país es fabricar, vender y cobrar, para pagar las nóminas de los trabajadores y mantener la empresa. No son conscientes de que la seguridad de sus asalariados es también su responsabilidad, que son también responsables de la vida de su personal mientras estén en la empresa, en sus puestos de trabajo. Estoy convencido de que ningún empresario quiere ningún mal para sus empleados ni que se le queme la empresa. Cuando, desgraciadamente, sucede se convierte en un calvario, para él, que no podrá olvidar fácilmente en su vida. Simplemente no son conscientes de que puede pasar y son ignorantes de las medidas que pueden adoptarse para que no ocurra. De ahí el título de este artículo. Puedo estar equivocado en este caso, pero pienso que si el dueño de la fábrica hubiese sabido todas estas cosas que desconocía y que ahora ha aprendido, esto no habría pasado. Ya sabemos que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. Así pues, ha sido condenado por ignorante.
 
Publicado el 2 de octubre de 2014