Desde hace unos
años se ha incluido en la terminología bomberil en España el concepto “Bomberos privados”. Pero, ¿Qué es
esto? ¿A qué se refieren los que hablan
de ello? ¿Hay en España Bomberos privados? ¿Es ese el nombre correcto?
Antes de dar
una respuesta, veamos algún ejemplo que, por analogía, nos lo pueda aclarar.
Todos conocemos que existe una medicina
pública y una medicina privada.
Un ciudadano, un particular, puede acceder a los servicios de la medicina
pública o bien puede contratar a una empresa de la medicina privada o a un médico
que le atienda a cambio de un precio. Esto es porque existe la medicina
privada. Lo mismo ocurre cuando se va escolarizar a un hijo, es obligatorio
hacerlo, pero se puede elegir entre el modelo de colegio público o el colegio
privado. También las empresas o entidades pueden contratar algunos
servicios de seguridad privada: vigilancia, custodia, protección personal,
etc., con una empresa de seguridad privada.
Así pues, las
personas tienen posibilidad de elegir entre dos modelos diferentes: el público
y el privado, pero solo cuando esto existe. Los ciudadanos españoles en la
práctica no pueden contratar un servicio de bomberos privado que le atienda de
forma particular, simplemente porque este servicio privado no existe. En España
existe un régimen público de protección contra incendios y aunque no esté del
todo bien regulado para todo el territorio del Estado es obligatorio que las
administraciones presten este servicio a los ciudadanos. Aunque no esté
prohibido por ninguna Ley, el caso es que no hay ninguna empresa privada que
ofrezca a los particulares la posibilidad de contratar un sistema
complementario de seguridad contra incendios. Esto ya ha empezado a ocurrir en
el ámbito industrial en que algunas empresas prestan sus servicios para grandes
empresas o polígonos industriales al margen de los cuerpos de bomberos
públicos. Pero esto no ocurre en la vía pública, por lo que los servicios de
bomberos públicos trabajan en un régimen de pseudo monopolio.
Entonces, ¿a
qué se le llama “Bomberos privados”? Pues, creo que se les ha empezado a llamar
“bomberos privados” a aquellos bomberos que tienen un contrato laboral con la
empresa adjudicataria del servicio público de extinción de incendios y de
salvamentos. Desde hace muchos años todas las administraciones públicas
comenzaron a externalizar muchos de
sus servicios públicos como los de
recogida de basuras, limpieza pública, limpieza y mantenimiento de edificios,
transporte público, jardinería, custodia de edificios, etc., etc. Pero este
sistema de gestión no cambia la titularidad del servicio público. En un ayuntamiento,
el servicio de recogida de basuras sigue siendo público, independientemente del
contrato que tengan los empleados del servicio de recogida de basura que sigue
siendo municipal; y el servicio de autobuses urbanos seguirá siendo municipal,
aunque la gestión del servicio la realice una empresa privada; y en una
comunidad autónoma el servicio de ambulancias de emergencia sigue siendo público aunque el
conductor y el sanitario no sean funcionarios. No debemos confundir las cosas.
Este sistema de
gestión de servicios públicos también ha llegado a los servicios de bomberos* en
España y en algunas administraciones de distintos ámbitos se ha externalizado
este servicio pero el servicio de bomberos, sus parques, sus vehículos y los bomberos son públicos, trabajan
para los ciudadanos y llevan los mismos uniformes y distintivos, sean o no sean
funcionarios. Los ciudadanos no deberían notar la diferencia. La conclusión es
que no hay “Bomberos privados” en
España.
* En Estados Unidos es una tendencia imparable en poblaciones de menos de
50.000 habitantes. En 2012 ya había 256 empresas
privadas trabajando para la administración que contrataban a 16.880 bomberos. Y
siguen creciendo.
Publicado el 8 de agosto de 2014

