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viernes, 8 de agosto de 2014

¿Bomberos privados en España?


Desde hace unos años se ha incluido en la terminología bomberil en España el concepto “Bomberos privados”. Pero, ¿Qué es esto?  ¿A qué se refieren los que hablan de ello? ¿Hay en España Bomberos privados? ¿Es ese el nombre correcto?
Antes de dar una respuesta, veamos algún ejemplo que, por analogía, nos lo pueda aclarar. Todos conocemos que existe una medicina pública y una medicina privada. Un ciudadano, un particular, puede acceder a los servicios de la medicina pública o bien puede contratar a una empresa de la medicina privada o a un médico que le atienda a cambio de un precio. Esto es porque existe la medicina privada. Lo mismo ocurre cuando se va escolarizar a un hijo, es obligatorio hacerlo, pero se puede elegir entre el modelo de colegio público o el colegio privado. También las empresas o entidades pueden contratar algunos servicios de seguridad privada: vigilancia, custodia, protección personal, etc., con una empresa de seguridad privada.
Así pues, las personas tienen posibilidad de elegir entre dos modelos diferentes: el público y el privado, pero solo cuando esto existe. Los ciudadanos españoles en la práctica no pueden contratar un servicio de bomberos privado que le atienda de forma particular, simplemente porque este servicio privado no existe. En España existe un régimen público de protección contra incendios y aunque no esté del todo bien regulado para todo el territorio del Estado es obligatorio que las administraciones presten este servicio a los ciudadanos. Aunque no esté prohibido por ninguna Ley, el caso es que no hay ninguna empresa privada que ofrezca a los particulares la posibilidad de contratar un sistema complementario de seguridad contra incendios. Esto ya ha empezado a ocurrir en el ámbito industrial en que algunas empresas prestan sus servicios para grandes empresas o polígonos industriales al margen de los cuerpos de bomberos públicos. Pero esto no ocurre en la vía pública, por lo que los servicios de bomberos públicos trabajan en un régimen de pseudo monopolio.
Entonces, ¿a qué se le llama “Bomberos privados”? Pues, creo que se les ha empezado a llamar “bomberos privados” a aquellos bomberos que tienen un contrato laboral con la empresa adjudicataria del servicio público de extinción de incendios y de salvamentos. Desde hace muchos años todas las administraciones públicas comenzaron a externalizar muchos de sus servicios públicos como los de recogida de basuras, limpieza pública, limpieza y mantenimiento de edificios, transporte público, jardinería, custodia de edificios, etc., etc. Pero este sistema de gestión no cambia la titularidad del servicio público. En un ayuntamiento, el servicio de recogida de basuras sigue siendo público, independientemente del contrato que tengan los empleados del servicio de recogida de basura que sigue siendo municipal; y el servicio de autobuses urbanos seguirá siendo municipal, aunque la gestión del servicio la realice una empresa privada; y en una comunidad autónoma el servicio de ambulancias de emergencia sigue siendo público aunque el conductor y el sanitario no sean funcionarios. No debemos confundir las cosas.
Este sistema de gestión de servicios públicos también ha llegado a los servicios de bomberos* en España y en algunas administraciones de distintos ámbitos se ha externalizado este servicio pero el servicio de bomberos, sus parques, sus vehículos y los bomberos son públicos, trabajan para los ciudadanos y llevan los mismos uniformes y distintivos, sean o no sean funcionarios. Los ciudadanos no deberían notar la diferencia. La conclusión es que no hay “Bomberos privados” en España.


* En Estados Unidos es una tendencia imparable en poblaciones de menos de 50.000 habitantes. En 2012 ya había 256 empresas privadas trabajando para la administración que contrataban a 16.880 bomberos. Y siguen creciendo.
Publicado el 8 de agosto de 2014