A las nueve de
la mañana del 15 de septiembre de 2010 se produjo un incendio en la fábrica de
Patatas Lahera en Alesón, cerca de Nájera, en La Rioja. Todos los trabajadores
salieron del edificio, pero en ese momento una joven de 25 años se encontraba
en los baños de la segunda planta del edificio y no tuvo tiempo de ponerse a
salvo como sus compañeros y falleció víctima del incendio. Trágico desenlace.
Ahora, cuatro años después, en el juicio en el que se
ha sentado en el banquillo el dueño de la fábrica, el juez ha dictado la
condena: dos años de prisión por delitos contra los trabajadores y homicidio imprudente, aunque con el atenuante de reparación de los daños no irá a la
cárcel. La acusación al condenado se ha basado en no tener plan de autoprotección,
ni un jefe de emergencias, ni equipos necesarios de primera intervención,
evacuación y alarma, ni haber realizado simulacros, ni haber formado a los
trabajadores. En fin, lo normal.
Lo peor de este incendio fue la fatal muerte de la
trabajadora y su irreparable pérdida para sus familiares, aunque ha habido
otras repercusiones también graves: los trabajadores fueron afectados por un
ERE; la fábrica tuvo que paralizar su producción (ha sido levantada tres años
después); y la compañía aseguradora ha debido indemnizar por los daños. Y el
dueño, imputado, acusado y condenado. Todo esto podía haber sido evitado.
Hagamos una pequeña reflexión sobre algunas de las
circunstancias que pudieron intervenir en el incendio y en su desenlace.
La actividad a la que se dedicaba la planta debería
haber sido calificada como de riesgo de incendio alto, por las temperaturas que se manejan, como por las
grandes cantidades de aceite que se utilizan en el proceso de freiduría de las
patatas fritas y por las cantidades que se han de almacenar, tanto de aceite,
como de plástico para el envasado de los productos acabados. Una fábrica así
resulta un estupendo ejemplo para el triángulo del fuego. Tener esto en cuenta
se llama “Prevención de incendios”.
El origen del incendio se sitúa en un fallo en el
aislamiento de los conductos de la freidora. Aunque se trata sin duda de una
especulación, probablemente, esto no hubiese ocurrido si en el diseño de la
instalación hubiese participado un ingeniero de protección contra incendios, lo
que me voy a permitir identificar como la causa remota del incendio. Contar con
un ingeniero especializado en incendios en una actividad de riesgo de incendio
alto se llama “Prevención de Incendios”.
Una visita auditora sobre las medidas de protección
contra incendios por parte de la compañía aseguradora podría haber evitado el incendio. A esto se llama “Prevención de Incendios”.
Una inspección cualificada del servicio de
bomberos para
comprobar las medidas de protección contra incendios podría haber asesorado al
propietario para que este suceso no hubiese ocurrido. Esta actividad de los
servicios de bomberos se llama “Prevención
de Incendios”.
La visita de la Inspección de Trabajo “competente”podría haber detectado los riesgos de
incendio. A esto se llama “Prevención de
Incendios”.
La elaboración del plan de autoprotección, la formación de los trabajadores y la realización de
simulacros, quizás no hubiese evitado el incendio, pero podría haber evitado la
muerte de la trabajadora. A esto, también se le llama “Prevención de Incendios”.
Pero todo esto no está presente en la sociedad, no
está presente en la mente del dueño de la empresa ni en el encargado de la
fábrica. Su preocupación, como la de la mayoría de empresarios industriales del
país es fabricar, vender y cobrar, para pagar las nóminas de los trabajadores y
mantener la empresa. No son conscientes de que la seguridad de sus asalariados
es también su responsabilidad, que son también responsables de la vida de su
personal mientras estén en la empresa, en sus puestos de trabajo. Estoy
convencido de que ningún empresario quiere ningún mal para sus empleados ni que
se le queme la empresa. Cuando, desgraciadamente, sucede se convierte en un
calvario, para él, que no podrá olvidar fácilmente en su vida. Simplemente no
son conscientes de que puede pasar y son ignorantes de las medidas que pueden
adoptarse para que no ocurra. De ahí el título de este artículo. Puedo estar
equivocado en este caso, pero pienso que si el dueño de la fábrica hubiese
sabido todas estas cosas que desconocía y que ahora ha aprendido, esto no
habría pasado. Ya sabemos que la ignorancia de la ley no exime de su
cumplimiento. Así pues, ha sido condenado por ignorante.
Publicado el 2 de octubre de 2014

