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martes, 14 de julio de 2015

Prevención de incendios en residencias

 Incendio en la Residencia Santa Fe- Fotografía: www.elmundo.es 
Un incendio en la residencia de ancianos Santa Fe en las afueras de la ciudad Zaragoza(1) el pasado sábado arroja por el momento un saldo de 8 víctimas mortales, superando por poco el incendio en otra residencia de mayores el 8 de enero de 2010 en Sevilla que causó 7 muertes. Desgraciadamente en España, después de cada siniestro grave pocos piensan en que se debe de hacer para que no vuelva a repetirse.

Ahora, todas las autoridades implicadas tienen la obligación de poner en marcha una reflexión preventiva. No realizar un análisis pormenorizado de lo ocurrido por parte de las administraciones públicas supone una dejación de sus responsabilidades.  Por lo general a los políticos y funcionarios en estos casos les preocupa exonerar a la administración –y a ellos mismos- de responsabilidad y aparecer ante la opinión pública como inocentes, cuando no ignorantes, alegando que por su parte hicieron todo lo que estaba en su mano hacer y que las actuaciones realizadas lo han sido de acuerdo con la legalidad, como si eso les importase un comino a los familiares de los fallecidos y a los lesionados y afectados. Y además todos sabemos que cumplir con la legalidad no tiene nada que ver con gestionar eficazmente la administración y los servicios públicos. 

Los hechos
Lo que conocemos hasta ahora es:
-          que se alertó del incendio a las 23:47 horas del sábado 18 de julio y Bomberos de Zaragoza llegó a las 23:56. El incendio se produjo en una habitación de la primera planta, el humo y gases se propagaron por el edificio y que hasta ahora se cuentan 8 víctimas mortales y hay algún otro anciano en estado grave.
-          que había 19 personas mayores, muchas de ellas con problemas de movilidad, y que tan solo había una persona cuidadora para atender a todos ellos. Que gracias a unos vecinos que intervinieron de inmediato pudieron sacar del edificio a varias personas.
-          Que la  guardia civil se ha hecho cargo de la investigación y este cuerpo o quién sea, absurdamente, no ha hecho públicos los datos de las víctimas fallecidas, patrimonializando  una información que es pública. Recordemos que los datos sobre personas fallecidas no son objeto de protección de la Ley de protección de datos. Según revelan los medios de comunicación, por el momento, todo indica que el incendio se originó en una habitación vacía, provocado por una de las internas que quemó un colchón con un mechero y a continuación dio aviso del incendio. Esta persona de la que no se ha revelado su identidad también fue atendida al resultar intoxicada por el humo.
-          que la residencia que lleva funcionando 17 años, carecía de licencia, porque lo han dicho desde el Gobierno de Aragón.
-          que desde el Ayuntamiento de Zaragoza, han informado que en 1998 se denegaron la licencia de apertura, actividad y obras a la residencia, así que para el Ayuntamiento ha estado funcionando de forma, alegal o ilegal.  

Legislación de PCI
Al no estar legalizada su situación la residencia no pasó las inspecciones y controles de Bomberos de Zaragoza que han tenido desde 1980 una excelente Ordenanza de Prevención de Incendios y han venido desarrollando una eficaz actividad preventiva. 

En el año 1997 no estaba aprobado el Código Técnico de la Edificación por lo que le sería de aplicación la NBE/CPI.96 que ya exigía detección de incendios en edificios de Uso hospitalario.

Pero al no haberse legalizado la residencia no sé si los propietarios la consideraron como de Uso residencial (público) al que se le exige que tenga detección de incendios a partir de 500 m2 o bien estaba clasificada -como debiera de ser- como edificio de Uso hospitalario que debe tener detección de incendios en todo caso. La diferencia es notable. 

Por otra parte, aunque no conocemos con claridad la causa del incendio en este caso, sí sabemos que unos cuantos de los incendios en residencias que han producido víctimas mortales en los últimos años han sido producidos por el uso indebido del hábito de fumar 

Prohibido fumar
Sabemos por los estudios estadísticos(2) que los fumadores son una de las principales causas de incendios que provocan víctimas mortales, por lo que la llamada Ley antitabaco que entró en vigor en 2011 fue, sin duda, una buena medida de prevención de incendios en los edificios.  Esta ley prohibió fumar en los centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos, por lo que, en las residencias y geriátricos clasificados como tales, la prohibición de fumar es absoluta. Aunque una disposición adicional de la Ley estableció con buen criterio que en las residencias de mayores o de personas discapacitadas se puede habilitar una zona específica para fumadores, cuyo uso será exclusivo para residentes pero no permite extender este permiso a las habitaciones. Bien está que se contemple esta excepción, pero creo que desde el punto de vista de la prevención de incendios no es suficiente.
 
Es comprensible que en edificios donde comparten espacios los fumadores y los no fumadores prevalezca el derecho de estos últimos. Por lo general, los fumadores que tienen reconocida la libertad de serlo, o no, pueden salir del edificio para ejercer su derecho, pero esto no ocurre en las residencias geriátricas donde hay personal residente interno asistido en condiciones de inmovilidad. Estas personas, muy mayores, no pueden ejercer su derecho a fumar debido a la prohibición absoluta de fumar en el centro, por considerarse un recinto hospitalario, lo que conlleva que desde la dirección y por parte de los empleados se sea condescendiente y permisivo con dicha prohibición y se tolere haciendo la vista gorda con las personas fumadoras que no tienen movilidad: <<Se suele decir “Con más de 90 años, de esto no se va a morir”>>. Y en otros casos en los que la prohibición se lleva a rajatabla los internos encuentran la forma de burlar la restricción encontrando espacios ocultos en los que practicar su hábito, con la peligrosidad que entraña esa clandestinidad. 

Fijémonos en que la Ley permite crear un espacio para fumadores pero no obliga a que haya un espacio para fumadores, por lo que los propietarios no van a desperdiciar unos metros cuadrados donde podrían tener otra habitación más que facturar. Además, no se permite que haya habitaciones de fumadores como si se hace en los hoteles. 

Esto requiere una reflexión profunda: parece lógico desde todo punto de vista que según la Ley antitabaco haya edificios y espacios en los que esté prohibido fumar; pero, más allá de consideraciones maximalistas de los defensores de la salud, hemos de considerar las consecuencias de esta  prohibición en las residencias de ancianos.  

Soy partidario de que de la misma forma que ocurre en los hoteles, donde se permite que haya habitaciones de fumadores, también en las residencias pueda haber habitaciones de fumadores para las personas sin movilidad o impedidas, además de una sala o espacio restringido para los fumadores. Por supuesto estos lugares deberán disponer de protección adicional: evacuación de humos,  detección de incendios y colchones ignífugos como en los establecimientos penitenciarios. 

Seguridad de las personas
Si los legisladores interiorizan esta reflexión se deberían producir cambios en la legislación actual teniendo como eje de la protección contra incendios a las personas y adaptar las exigencias normativas para garantizar la seguridad de los ocupantes de los edificios independientemente del tamaño, superficie, altura u ocupación del edificio en que se encuentran. No hay justificación para que un edificio o actividad sea menos seguro para sus ocupantes por la absurda razón de que ese edificio es más pequeño que otro. Todos los edificios han de ser igual de seguros. 

Debe instalarse detección de incendios en las residencias en todos los espacios, tanto en los espacios comunes, como en los dormitorios como en los baños; en todos los lugares.  

Lecciones por aprender
Como resulta evidente que tras cada incendio trágico nadie hace balance ni análisis ni prospección alguna sobre lo ocurrido con fines preventivos que culminan en lo que se suele llamar “lecciones aprendidas” me permito aportar lo que voy a llamar “lecciones por aprender”. 

En este caso pueden ser estas:
-         La legislación debe regular sin lugar a ninguna duda que todos los edificios utilizados como residencias de mayores pertenecen al uso Hospitalario y debe exigírseles las medidas de PCI de este uso edificatorio, sin resquicios para que se puedan considerar como de uso Residencial Público.
-         Las características de los ocupantes de estos edificios: personas ancianas, disminuídas en sus capacidades sensoriales y motoras por razón de la edad se ven agravadas con importantes discapacidades y problemas y limitaciones de movilidad por lo que los edificios destinados a esta actividad deberían tratarse en la legislación como un uso distinto, específico: Residencias de Ancianos con regulaciones concretas que no se corresponden con el uso hospitalario de carácter general ni con el uso residencial público como puede ser un hotel o una residencia de estudiantes.
-         Necesidad de modificar la legislación de protección contra incendios en los edificios de algunos usos para que proteja a las personas independientemente de la altura, superficie u ocupación del edificio. Ver artículo ¿A quién protege la legislación de PCI?
-          La instalación de detección de incendios en las residencias debe abarcar todos los espacios incluyendo dormitorios y baños.
-          En las residencias se debe habilitar una sala o espacio para fumadores.
-          Se debe permitir que en las residencias haya habitaciones de fumadores donde los fumadores puedan fumar sin causar perjuicio a los demás ocupantes del edificio.
-          La dirección y personal de la residencias deben ser absolutamente intolerantes con el hábito de fumar fuera de las zonas permitidas.
-          Suele ocurrir que algunas actividades se establecen en municipios próximos a las capitales, en parte porque los terrenos y las construcciones son más baratas y también porque los ayuntamientos son más laxos en la concesión de licencias y ocurre en que en las poblaciones de la provincia no es de aplicación la ordenanza municipal de incendios de la capital por lo que hay menos exigencias. Los jefes de bomberos comarcales y provinciales ha de ser el motor de la reivindicación de Ordenanzas provinciales, ya que les debería preocupar la desprotección de los ciudadanos que atienden en relación a los de las capitales que si que tienen ordenanza municipal de prevención de incendios.
-          Se debe equipar a las residencias y geriátricos con cochones ignífugos.
-          Más allá de la viabilidad económica de las residencias ha de reflexionarse sobre la “sostenibilidad de la seguridad” en las pequeñas residencias donde tan solo hay una persona al cargo de todos los residentes durante la noche, cuando todos sabemos que en caso de incendio no podrá realizar apenas ninguna tarea de las exigibles en un plan de autoprotección factible.
-         Se ha de reforzar la formación de los empleados de las residencias en prevención de incendios en qué hacer en caso de emergenciadebe equipar a las residencias y geriátricos con cochones ignífugos.
-         Necesidad de que los servicios de bomberos realicen las investigaciones pertinentes que les puedan aportar información suficiente de porqué se ha producido el incendio, su propagación y las razones por las cuáles se han producido las víctimas y como podrían haberse evitado.
-         A la vista de que algunas actividades permanecen en la clandestinidad, la Administración (Bomberos, Policía, Acción y Bienestar social, Licencias, etc.) debería ser más proactiva en la detección de edificios y actividades clandestinas.

 
 (1) Aunque algunos medios de comunicación publicaron inicialmente que la Residencia Santa Fe estaba en la localidad de Cuarte de Huerva, la realidad es que, aunque está en el linde con esta población, se encuentra en la ciudad de Zaragoza.

 
Publicado el 5 de junio de 2014

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