martes, 21 de junio de 2016

¿Qué es protección civil? (IV) Hoy

Me temo que todo lo que he escrito hasta ahora en las primeras partes de este artículo tan solo vale para explicar el porqué del presente. Ya de poco sirve lo que hicieron mal o bien los primeros directores de Protección Civil o los ayuntamientos o las CCAA, o lo que decía la Ley ya derogada. Lo que de verdad nos interesa hoy es saber lo que tenemos.

Lo que en un principio se consideró como Defensa Pasiva en tiempos de guerra, y que luego mutó en Defensa Civil enfocándose más a la protección de la población civil -controlada por el ejército-, se trasformó en la Protección Civil pensando en las situaciones de grave riesgo, catástrofes o calamidad pública en la que la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar y sucumbir masivamente (Ley de Protección civil de 1985), ahora ya controlada por las autoridades civiles.

Pero esto que podía haber sido, ya no es. Por varias razones que explico:
-  La universalización conceptual del término protección civil que abarca ahora todo tipo de emergencias (las ordinarias y las extraordinarias).
-     La atomización de las organizaciones de protección civil en el ámbito público y privado.
-     La diversificación de las misiones de los ejércitos que además de desarrollar funciones  de defensa desempeñan tareas humanitarias y de protección que son consideradas como acciones propias del concepto de protección civil,  aunque esta sea prestada por militares. Esto ocurre con la aquiescencia y el aplauso de la sociedad civil.
-     Incluso el concepto de guerra y de militar también ha cambiado. Ahora, con DAESH-ISIS en el escenario mundial, en lo que nosotros llamamos terrorismo y ellos guerra, los combatientes son civiles. Menciono esto para que se vea que en nuestra sociedad moderna ya no existe la división rígida, rotunda y clara entre civil y militar.
-     La explicación que da la propia Ley de protección civil de 1985 con su primera frase “Identificada doctrinalmente como protección física de las personas” ya no está vigente. Eso de la protección “física” se ha quedado anticuado, obsoleto; ahora se trata de dar protección integral, física, psicológica y bienestar emocional, e incluso se ha ampliado el concepto de víctima más allá de los que sufren directamente los accidentes, también sus familiares son objeto de esta protección.
-     Estamos en un mundo global y el español que es el idioma que uso para escribir este artículo y para tratar de explicar estos conceptos es utilizado por varios centenares de millones de personas de unas cuantas naciones que no tienen el mismo uso de las mismas palabras. Por ejemplo, varios países de Centroamérica y Suramérica usan el concepto de “defensa civil” como sinónimo de “protección civil”. O sea que en castellano o lengua española hemos de aprender a convivir con los dos términos.

Ejemplos
Veamos algunos ejemplos muy recientes extraídos de los medios de comunicación de lo que nuestras administraciones entienden por protección civil y como mezclan las emergencias ordinarias y extraordinarias. A algunos les pueden parecer ejemplos tontos o simplones pero lo que se expresa en estos ejemplos es lo que entienden estos medios por protección civil y eso lo que les cuentan a los ciudadanos que en definitiva son los que dan contenido a las palabras y al concepto de protección civil:
En todas estas noticias (y en otras muchas de los medios cada día), diversas autoridades de Protección civil se reúnen entre ellos o con otras entidades para hablar y tratar de emergencias que no son catastróficas con lo que el concepto de protección civil para situaciones de grave riesgo catástrofe y calamidad pública queda totalmente trastocado.


Entonces, ¿qué es protección civil hoy?
Veamos qué nos dice nuestra referencia legislativa más reciente. A la Ley del Sistema Nacional de protección civil de 2015, ya no le preocupa demasiado la definición de qué es protección civil sino como recoge en su artículo primero regular las competencias de la Administración General del Estado en la materia; solo sus competencias.

En realidad, se abstiene de regular la emergencia y los servicios de emergencia en España y se ocupa exclusivamente de sus propias recursos, de defender y acotar sus competencias nacionales y de dar encaje a la UME.

Así pues, al Estado, lo que pase en España y como esté ordenada la atención de la emergencia ordinaria ni le ocupa ni le preocupa.  Es como si la Dirección General de Transporte solo regulase el transporte de los grandes camiones o en las grandes autopistas. O sea un despropósito.

Además, la nueva Ley ha abandonado la nomenclatura utilizada en la Ley 1985 de “situación de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública” y ha introducido en nuestro léxico un nuevo término que es la Emergencia de protección civil(1). Como se aprecia en esta definición, más subjetiva aún que en la Ley anterior, ya no aparece la condición de que “pueda sucumbir masivamente la población”.

El caso es que esta reciente Ley que podía habernos aclarado algo, no lo hace; pero sería injusto atribuir solo al Estado la responsabilidad de la confusión. Han contribuido a ello todas las administraciones públicas de todos los niveles. Sus actuaciones generalizadas han estado guiadas por los principios de  rivalidad y antagonismo, y se han caracterizado por no trabajar de forma complementaria o solidaria sino en un modelo de confrontación, en la búsqueda del éxito (resolución del incidente) en solitario y de la exclusión del otro. Y la mayoría de las direcciones generales de protección civil/emergencias de las CCAA se han dedicado a intentar actuar, coordinar, dirigir, en vez de a regular, ordenar y planificar el sector. Siguiendo con el símil del Ministerio de Transportes es como si este Ministerio en vez de dedicarse a regular las actividades del trasporte y vigilar e inspeccionar que se realice en las condiciones reguladas, se hubiese comprado camiones para realizar los transportes por sí mismo. Eso ha ocurrido en la protección civil en las CCAA. Y lo mismo acaba de hacer el Estado (bueno, hace ya 10 años) montando la UME.


Protección civil, hoy, es todo esto
Tras todas las disquisiciones anteriores creo poder afirmar que prácticamente todos los que tienen que ver con la prevención, planificación, respuesta, y atención de emergencias, grandes y pequeñas es protección civil y así lo considera cada uno de los que está inmerso en su actividad, y así lo ven los ciudadanos.

Así pues, todos son Protección civil:
Protección civil es la DGPCE del Estado, que legisla para todos y que poco a poco establecerá y organizará controles más eficaces sobre las grandes emergencias, mediante sistemas de comunicación de emergencias más modernos. Protección civil es la UME -Unidad Militar de Emergencias-, el servicio de emergencias profesional más grande de España, que es el único cuerpo de intervención de ámbito nacional.
·          Protección civil son los servicios de bomberos municipales, provinciales y autonómicos, ya sean funcionarios, laborales o estén externalizados.
·           Protección civil son los bomberos voluntarios y también los pseudo-voluntarios que cobran por sus servicios.
·           Protección civil son los servicios de bomberos forestales del Estado y los de las CCAA.
·           Protección civil son las asociaciones de defensa forestal.
·           Protección civil son las fuerzas de seguridad del Estado y los cuerpos de seguridad, autonómicos y locales.
·           Protección civil son los grupos de emergencia supramunicipales.
·         Protección civil son los servicios de salvamento y rescate de cualquier tipo independientemente de a quién pertenezcan y dónde presten servicio. El SAR, Salvamento marítimo, y otros muchos.
·           Protección civil son los servicios de salvamento y socorrismo acuático (en playas, ríos, pantanos y piscinas) que por supuesto no es un actividad deportiva (aunque tengan federación).
·           Protección civil son los recursos públicos de emergencia sanitaria (ambulancias de emergencia) dependientes de las CCAA, aunque la mayoría estén externalizadas).
·           Protección civil son las dotaciones de las ambulancias de emergencia, tengan o no, el título de TES.
·       Protección civil son los servicios meteorológicos del Estado y de las CCAA que tienen un papel fundamental en la detección y alerta de las situaciones meteorológicas adversas.
·           Protección civil es la Guardia Civil de Tráfico (aunque sea un cuerpo  militar).
·          Protección civil es el Consejo de Seguridad Nuclear (aunque sus decisiones “políticas” nos produzcan tanta inseguridad).
·           Protección civil son los grupos de apoyo psicológico en emergencias de los colegios de psicólogos.
·           Protección civil son las agrupaciones de voluntarios de protección civil que suman más de 50.000 efectivos.
·         Protección civil son los centros 1-1-2 de recepción de llamadas, que algunos son de movilización de recursos y otros de coordinación de emergencias. Y también sus operadores.
·           Protección civil son los voluntarios de las asociaciones humanitarias como Cruz roja, DYA, y otras tantas.
·           Protección civil son los grupos municipales o provinciales de protección civil.
·           Protección civil son los técnicos de protección civil que prestan sus servicios en distintas administraciones.
·        Protección civil son los técnicos especialistas de protección civil que prestan sus servicios en los ayuntamientos, muchos de ellos en solitario.
·           Los voluntarios que ponen pulseras a los niños en las playas o en los acontecimientos multitudinarios para que si se pierden sean localizados rápidamente.
·        Protección civil son los jefes de seguridad y miembros de los equipos de primera intervención de las empresas e industrias.
·           Protección civil son los servicios de quitanieves de la DG de Infraestructuras
·           Protección civil es el perro entrenado para la búsqueda de personas desaparecidas y su cuidador.
·           Protección civil son todos los voluntarios que se prestan para buscar a personas desaparecidas sin causa aparente.
·           Protección civil son los analistas de riesgos de las infraestructuras críticas.
·           Protección civil son los que investigan las causas de los siniestros.
·           Protección civil son los analistas de riesgos de las infraestructuras críticas.
·           Protección civil son todos los voluntarios que se prestan para buscar a personas desaparecidas sin causa aparente.
·        Protección civil son las organizaciones sociales que se entregan voluntariamente a la limpieza de ríos, montes,  fondos marinos, y  a cuidar del medio ambiente, etc.
·           Protección civil son los voluntarios que se dedican al bienestar animal, a la búsqueda, y recuperación de animales en situaciones de riesgo (ballenas, delfines, aves) y también de mascotas abandonadas.
·           Protección civil son los voluntarios digitales de emergencias VOST.
·           Protección civil son las organizaciones privadas de seguridad y emergencias
·           Protección civil son las personas adiestradas en el uso de desfibriladores.
·           Y muchos, muchos, muchos más (perdón por los que me haya olvidado)


Conclusión
A estas alturas del desarrollo de nuestras instituciones y de nuestros servicios públicos hemos de perder la esperanza de conocer qué es y qué ha de ser y sobre todo a qué le tenemos que llamar protección civil, de forma inequívoca. Quizás sea lo mejor sumarse a la corriente dominante que establece el Gobierno con supremacía jerárquica, y con el BOE en una mano y el TC en la otra, considera la Protección Civil como un “sistema”.  Y todos, todos, pueden formar parte de ese sistema.

Hoy por hoy, no hay nadie con autoridad para decirle a alguien: tú no eres protección civil.

(1) La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil define “emergencia de protección civil” como la situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe. Se corresponde con otras denominaciones como emergencia extraordinaria, por contraposición a emergencia ordinaria que no tiene afectación colectiva.

1 comentario:

  1. Soy José Antonio Aparicio, autor de varios artículos en las revistas de la APTB y actual presidente del Instituto Español para la Reducción de los Desastres (IERD).

    He leído este artículo y felicito a Javier Larrea por sus opiniones que muchos especialistas compartimos, con los diversos matices que podamos añadir o debatir. En efecto, la nueva Ley del Sistema Nacional de Protección Civil es una clara "pérdida de identidad" de toda una historia de la original Defensa Pasiva creada durante la II República Española de la mano de José María Gil Robles, Ministro de la Guerra, quien se propuso "sentar los jalones de una organización que procure en corto plazo dictar normas a que se sujeten las entidades oficiales y particulares y ejercitar una propaganda que asocie a todos los ciudadanos en las medidas a tomar". Con la nueva Ley de 2015, el Estado, con el beneplácito de las Comunidades Autonómas, quiere implantar el concepto de una Protección Civil "tutelada" en sustitución de la Protección Civil "participativa" que teníamos antes, aunque no se hubieran hecho esfuerzos por lograrla. Las asociaciones profesionales estamos completamente fuera del sistema y el voluntariado es una utopía carente de regulación en la mayoría de los ámbitos jurisdiccionales del Estado. Dicho claramente, se está dejando que agonice y muera de forma natural.

    Frente a esto nos encontramos las asociaciones profesionales que perseveramos en nuestro interés de hacer difusión y unidad en materia de seguridad colectiva dedicando a fondo ¿perdido? nuestro tiempo libre y nuestro dinero en evitar futuros desastres. El actual es un triste modelo de Protección Civil "tutelada" (la Protección Civil para ti pero sin ti) que se ha estado procurando y que la nueva Ley va a implantar definitivamente. Por desgracia... No es una casualidad que el fomento de la participación ciudadana y de organizaciones privadas haya sido quirúrgicamente extirpada de esta Ley (sin sedación).

    Pero como yo digo al público en mis conferencias, la vida es una propiedad individual y la seguridad de cada uno no puede estar tutelada por el Estado. Como bien dice Javier Larrea: "no hay nadie con autoridad para decirle a alguien: tú no eres protección civil". Las personas debemos ser los primeros en velar por nuestra seguridad con independencia de que el Estado cumpla o no con sus responsabilidades en la vigilancia de nuestra seguridad. El primer interviniente en una emergencia es el que está, no el que viene de camino. Por tanto, los ciudadanos tienen que saber responder por sí mismos, especialmente en una situación de catástrofe, actuando conjuntamente con los recursos especializados que sea posible desplegar.

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